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Pensión de alimentos

Es conseguir una pensión para educación, recreo, vestido, salud, comida. Nosotros podemos obtener desde el inicio del juicio una pensión provisional.

Tiempo

30

días

(pensión provisional), para que cobre de la planilla del trabajo del padre. Luego la pensión provisional será reemplazada, por la pensión definitiva.

Requisitos

  • Partida de nacimiento.
  • Documentación de gastos diversos del niño.
  • Información de profesión o trabajo del padre
  • Información sobre viajes o cuentas del padre (nosotros la conseguimos)

No es lo mismo demandar

  • A un padre que trabaja, y se encuentra en planilla.
  • A uno que no está en planilla.
  • Uno que figura con un sueldo menor al real.
  • Un empresario, que a veces ni siquiera está en la planilla de su propia empresa.
  • O uno que figura con un sueldo ficticio.

Salvo el primer caso, todos los demás son difíciles, porque hay que demostrar que en realidad gana mucho más de lo que declara. Y esa es nuestra especialidad.

En los juicios de alimentos es necesario presentar todo lo que el niño gasta. El niño por ejemplo, no vive a oscuras, o sin tomar agua, y hasta el uso del internet se ha convertido hoy en una necesidad de primer orden.(contamos con sentencias que así lo dicen y la presentamos a su caso).

Todos estos documentos se deben presentar. Alimentos no es solo lo “comestible” es también el vestido, el recreo, el estudio, el aseo etc. En conclusión, los alimentos son un “paquete” de diversas cosas y servicios que nosotros sabemos calcular correctamente.

Malas estrategias

Algunos demandados se hacen “demandar” por su propia madre (abuela del menor), u otra mujer, pidiendo pensiones, y otras cosas.

Esto puede funcionar temporalmente, pero luego se puede transformar en un “bumerang”, sino lo saben usar dentro de una lógica jurídica. Porque fijan pensiones altas para la abuela, lo que permite al juez razonar de la siguiente manera:

“Si a la abuela le asignas S/ 1,000 entonces a tu hijo le asignaremos S/ 2,000”

Tenga cuidado con estas malas asesorías, la idea puede ser buena solo si se sabe justificar.

Madres gestantes

Hasta hace poco exigían que esté casada. Ahora ya no. El solo hecho de gestar, hace que Ud puede demandar, para usted 10 meses y medio de alimentos.

Aparte para el feto y muy aparte para el niño.

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